Food and Nutrition Service
InicioQuienes SomosNoticiasAyudaContactenosIngles

 

 


  

Busque en todo USDA
Consejos de Busqueda
Temas

Alcance Comunitario
Datos y Estadisticas
Administracion Financiera
Formularios
Seguridad de Alimentos
Becas - Asignaciones
Educacion de Nutricion
Reglamentos y Politicas
Investigaciones
Programas y Servicios

 
   Programa de Alimentos de Cuidado Diurno para Niños y Adultos
 

¿Por qué es importante el CACFP?

El Programa de Alimentos para el Cuidado de Adultos y Niños, (CACFP, por sus siglas en inglés) proporciona comidas nutritivas a 2,6 millones de niños y 74 000 adultos que reciben cuidado diurno fuera de sus hogares.

  1. Descripción general

  2. Administración del Programa

  3. Centros de Cuidado Infantil

  4. Hogares de Cuidado Diurno

  5. Refugios para Desamparados

  6. Centros de Cuidado Diurno para Adultos

  7. Reembolso de Comida

  8. Productos Básicos o Efectivo en Lugar de Productos Básicos

  9. Fijación de Precios de las Comidas del Programa

  10. Financiamiento de los Beneficios y de los Costos Administrativos de los Estados

  11. Financiamiento de los Beneficios del Programa

  12. Financiamiento de los Costos Administrativos de los Estados

  13. Elegibilidad de los Participantes y Beneficios del Programa
    Población Elegible

  14. Determinación de Elegibilidad

  15. Reclamo de Reembolsos por Comidas Servidas

Por Qué es Importante el CACFP

Descripción General

El programa CACFP está autorizado en la sección 17 de la Ley Nacional de Almuerzos Escolares (42 U.S.C.1766). Los reglamentos del programa son emitidos por el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA, por sus siglas en inglés) bajo 7 CFR, apartado 226.

Administración del Programa

El Servicio de Alimentos y Nutrición (FNS, por sus siglas en inglés) del USDA administra el programa CACFP a través de subsidios a los estados. La agencia estatal dedicada a la educación administra el programa en la mayoría de los estados. En algunos pocos estados, la administración está a cargo de un organismo alterno, como por ejemplo el departamento de servicios sociales o de salud. En Virginia, está administrado directamente por la Oficina Regional del FNS para el área del Mid-Atlántico. Los componentes de cuidado diurno para adultos y cuidado infantil dentro del CACFP pueden estar administrados por distintas agencias del estado, a discreción del Gobernador.

Centros independientes y organizaciones patrocinantes establecen acuerdos con las agencias administradoras estatales para asumir la responsabilidad financiera y administrativa de las operaciones del programa CACFP. El programa CACFP sirve meriendas y comidas nutritivas a los adultos y a los niños elegibles que se inscriben para recibir cuidados en los centros infantiles participantes, en los hogares para cuidado diurno y en los centros de cuidado diurno para adultos. El programa también provee comidas a los niños que residen en refugios para desamparados y meriendas a los jóvenes que participan en los programas de cuidado después de la escuela.

Centros de Cuidado Infantil

Los centros de cuidado infantil públicos o privados sin fines de lucro, los centros de cuidado después del horario escolar, los programas Head Start y otras instituciones elegibles licenciadas o aprobadas para brindar cuidado diurno, pueden participar en el programa CACFP, de manera independiente o como centros patrocinados. En general, los centros con fines de lucro deben recibir financiamiento del título XX para, al menos, el 25 por ciento de sus participantes, para considerarse elegibles para participar en el programa CACFP. Sin embargo, los centros que buscan obtener ganancias en los estados de Kentucky, Iowa y Delaware pueden participar en el programa CACFP si al menos el 25 por ciento de los niños que atienden son elegibles para recibir comidas gratuitas y a precios reducidos. En todos los otros estados, los centros que buscan obtener ganancias y no reciben financiamiento del título XX para atender a niños de bajos recursos, pueden participar en el programa CACFP hasta el 30 de septiembre de 2002. Las comidas servidas a los niños se reembolsan según tarifas basadas en la elegibilidad del niño para recibir comidas gratis, a precios reducidos o pagadas.

Hogares de Cuidado Diurno

Un hogar grupal o familiar de cuidado diurno debe firmar un contrato con la organización patrocinadora para poder participar en el programa CACFP. Los hogares de cuidado diurno deben estar autorizados o aprobados para brindar servicios de cuidado diurno. El reembolso de las comidas servidas en los hogares de cuidado diurno se basa en la elegibilidad para las tarifas del nivel I (que dedica niveles superiores de reembolsos a áreas de bajos recursos, proveedores o niños) o a las tarifas más bajas del nivel II.

Refugios para Desamparados

A partir del 1° de julio de 1999, los refugios de emergencia públicos o privados sin fines de lucro que brindan servicios de alimentación y alojamiento a familias sin hogar pueden participar en el programa CACFP. Los refugios elegibles pueden recibir reembolsos por servir hasta tres comidas diarias a los niños desamparados que residen en ellos. A diferencia de la mayoría de las otras instalaciones del programa CACFP, un refugio no necesita estar autorizado para brindar cuidado diurno. Sin embargo, debe cumplir con todos los códigos de salud y seguridad requeridos por las leyes locales o estatales.

Centros de Cuidado Diurno para Adultos

Las instalaciones de cuidado diurno para adultos, públicas o privadas sin fines de lucro, que brindan servicios estructurados y completos para adultos que no residen en ellas y que tienen incapacidades funcionales o una edad que supere los 60 años, pueden participar en el programa CACFP, ya sea como centros independientes o patrocinados. Los centros que buscan obtener ganancias pueden ser elegibles para participar en el programa CACFP si, al menos el 25 por ciento de sus participantes recibe los beneficios del título XIX o del título XX. Las comidas que se sirven a los adultos que reciben cuidados se reembolsan según las tarifas basadas en la elegibilidad del participante para recibir comidas gratis, a precios reducidos o pagadas.

Reembolso de Comida

Los centros independientes y las organizaciones patrocinadoras reciben reembolsos en efectivo por las comidas servidas que cumplen las pautas nutricionales federales a los adultos y niños inscritos. Los patrones de comidas del programa CACFP varían de acuerdo con la edad y los tipos de comidas servidas.

Los centros y los hogares de cuidado diurno pueden estar autorizados para solicitar hasta dos comidas reembolsables (desayuno, almuerzo o cena) y una merienda, o dos meriendas y una comida, para cada participante elegible por día. Los refugios pueden servir a cada niño hasta tres comidas reembolsables (desayuno, almuerzo y cena) por día. Los programas de cuidado después de la escuela pueden solicitar reembolsos por servir a cada niño una merienda por día.

Los reembolsos para los centros se calculan según los porcentajes solicitados, combinados según las tarifas de las comidas, o las comidas reales por tipo (desayuno, almuerzo, cena o complemento) y categoría de elegibilidad (gratis, a precio reducido y pagada). La agencia administradora asigna un método de reembolso para los centros, en función de las comidas multiplicadas por las tarifas o el valor menor entre las comidas multiplicadas por las tarifas o los costos reales documentados.

Los pagos del programa para los hogares de cuidado diurno se basan en la cantidad de comidas servidas a los niños inscritos, multiplicada por la tarifa de reembolso adecuada para cada desayuno, almuerzo, cena o complemento aprobado para servir. Las organizaciones patrocinadoras también reciben financiamiento administrativo relacionado con los costos documentados en los que incurren para planificar, organizar y administrar el programa CACFP.

Productos Básicos o Efectivo en Lugar de Productos Básicos

Además de los reembolsos en efectivo, el USDA pone a disposición de las instituciones que participan en el programa CACFP productos agrícolas básicos donados o el efectivo equivalente a los mismos.

Fijación de Precios de las Comidas del Programa

Los centros participantes del programa CACFP pueden cobrar un cargo único (programa sin fijación de precios) que cubra los derechos de matrícula, las comidas y todos los otros servicios de cuidado diurno, o bien pueden cobrar cargos separados por las comidas (programa con fijación de precios). La declaración de política de servicios gratuitos y a precios reducidos describe la política de fijación de precios de la institución. Todos los hogares de cuidado diurno y la gran mayoría de los centros que participan en el programa CACFP ofrecen programas sin fijación de precios, ya que los costos que cobran abarcan todas las áreas de sus servicios de cuidado diurno.

Financiamiento de los Beneficios y de los Costos Administrativos de los Estados

Financiamiento de los Beneficios del Programa

El FNS brinda asistencia en efectivo a cada agencia estatal por las comidas servidas a los niños y adultos elegibles en los centros de cuidado diurno sobre la base de la elegibilidad de los participantes según las Pautas de Elegibilidad por Ingreso, para comidas gratis, a precios reducidos o pagadas. Los pagos promedio nacionales por las comidas servidas en los centros se ajustan en forma anual el 1 de julio y reflejan los cambios experimentados en la serie Alimentación Fuera del Hogar del índice de Precios al Consumidor. Las comidas servidas en los refugios para desamparados y las meriendas que forman parte de los cuidados después de la escuela se reembolsan según las tarifas correspondientes para las comidas gratis y los complementos.

Los pagos por las comidas servidas en los hogares de cuidado diurno se ajustan anualmente el 1 de julio, según los cambios producidos en la serie Alimentación Fuera del Hogar del Índice de Precios al Consumidor. El nivel de reembolso por las comidas servidas a los niños inscritos en los hogares de cuidado diurno se determina según las necesidades económicas, en función de la ubicación física del hogar de cuidado diurno, o del ingreso familiar del proveedor del servicio en el hogar de cuidado diurno, o del ingreso familiar de cada niño inscrito. Las comidas servidas a los propios hijos del proveedor del servicio en el hogar de cuidado diurno se reembolsan únicamente si se determina que dichos niños son elegibles para recibir comidas gratis o a precios reducidos.

El nivel de asistencia mediante productos básicos o dinero equivalente a los productos básicos se basa en la cantidad de almuerzos y cenas servidos en los centros durante el año anterior, multiplicado por el pago promedio nacional para los alimentos donados. Las tarifas de la asistencia mediante productos básicos también se ajustan anualmente el 1 de julio para reflejar los cambios en la serie Alimentos Utilizados en Escuelas e Instituciones del Índice de Precios al Consumidor.

Financiamiento de los Costos Administrativos Estatales

El FNS pone a disposición de las agencias estatales el financiamiento de los Gastos Administrativos Estatales (SAE, por sus siglas en inglés) para afrontar los gastos administrativos incurridos en la supervisión y asistencia técnica a las instituciones que participan en el programa CACFP. Los requisitos de SAE se establecen en 7 CFR, apartado 235.

Los estados también cuentan con financiamiento para ayudar a sus agencias e instituciones a cumplir con los requisitos federales vinculados con auditorías. "El uno y medio por ciento de los fondos de auditoría" equivale al 1,5 por ciento de los pagos por reembolsos realizados al estado, durante el segundo año fiscal anterior al año al cual corresponden los fondos disponibles.

Elegibilidad de los Participantes y Beneficios del Programa

El programa CACFP sirve meriendas y comidas nutritivas a los niños y adultos que asisten a los programas de cuidado diurno elegibles.

Población Elegible

La Sección 226.2 de los reglamentos describe quiénes pueden recibir los beneficios de comidas del programa CACFP.

Se entiende por Niño "(a) personas de 12 años de edad o menos, (b) los hijos de trabajadores itinerantes de 15 años de edad o menos y (c) personas con incapacidades físicas o mentales, según se define en el estado, inscritos en una institución o instalación de cuidados infantiles que atienda en su mayoría a personas de 18 años de edad y menos". Los hijos del proveedor de servicios se consideran elegibles sólo en los hogares de cuidados diurnos de nivel I, cuando otros niños no residentes se encuentren inscritos en el hogar de cuidados diurnos y participen en el servicio de comidas.

Se entiende por Participante adulto "aquella persona inscrita en un centro de cuidado diurno para adultos que tiene alguna incapacidad funcional (...) o es mayor de 60 años". El segmento para adultos del CACFP está orientado a personas que permanecen en la comunidad y residen con integrantes de la familia. Las personas que residen en instituciones no son elegibles para recibir los beneficios de CACFP.

Además, la Ley Pública 105-336 establece que las meriendas del programa CACFP deben estar disponibles para los niños y jóvenes de hasta 18 años que participen en los programas de cuidados después de la escuela elegibles.

Determinación de Elegibilidad

En los centros, los participantes de unidades familiares con ingresos iguales o menores a un 130 por ciento del nivel considerado como pobreza son elegibles para recibir comidas gratis. Los participantes de centros cuyas unidades familiares tienen ingresos entre el 130 y el 185 por ciento del nivel de pobreza son elegibles para recibir comidas a un precio reducido. Las instituciones deben determinar la elegibilidad de cada participante inscrito para recibir las comidas gratis y a precios reducidos que se sirven en los centros.

Las organizaciones patrocinadoras de los Hogares de Cuidados Diurnos deben determinar cuáles son los Hogares de Cuidados Diurnos elegibles para las tarifas de nivel I y, si se solicita, cuáles son los niños elegibles para recibir reembolsos de comidas a las tarifas de nivel I en los hogares de cuidados diurnos correspondientes al nivel II.

La elegibilidad de un participante para recibir comidas gratis y a precios reducidos en los centros, o comidas de nivel I en hogares de cuidados diurnos, se puede establecer presentando la declaración de elegibilidad por ingresos que brinda información acerca del tamaño y los ingresos familiares. La información presentada por cada unidad familiar se compara con aquella incluida en las Pautas de Elegibilidad por Ingreso del USDA.

Los niños cuyas familias reciben los beneficios del Programa de Cupones para Alimentos, del Programa de Distribución de Alimentos en Reservaciones Indígenas (FDPIR) o de programas estatales financiados a través de la Asistencia Transitoria para Familias Necesitadas (TANF) se consideran elegibles por categoría para recibir comidas gratis. Los niños elegibles por ingresos para participar de los programas Head Start o Even Start automáticamente son elegibles para recibir comidas gratis, sin necesidad de solicitudes ni determinaciones de elegibilidad adicionales.

Los niños residentes de refugios para desamparados también se consideran automáticamente elegibles para recibir comidas gratis.

Los adultos que reciben cupones de alimentos, FDPIR, Ingresos Suplementarios de la Seguridad Social (SSI) o los beneficios de Medicaid son elegibles categóricamente para recibir comidas gratis y a precios reducidos.

Los hogares de cuidados diurnos de nivel I son aquellos ubicados en áreas de bajos recursos o aquellos en los cuales el ingreso de la unidad familiar del proveedor es igual a, o menor que, el 185 por ciento según las pautas federales de pobreza en función de los ingresos. Las organizaciones patrocinadoras pueden utilizar los datos de inscripción en la escuela primaria que reciben comidas gratis y a precios reducidos, o los datos del grupo de bloque del censo, para determinar cuáles son las áreas consideradas de bajos recursos.

Los hogares de nivel II son aquellos hogares de cuidados diurnos familiares que no reúnen los criterios de ubicación o de ingresos del proveedor para considerarse un hogar de nivel I. El proveedor en un hogar de nivel II puede optar por la posibilidad de que la organización patrocinadora identifique a los niños elegibles según los ingresos, de tal manera que las comidas servidas a aquellos niños que son aptos para recibir comidas gratis y a precios reducidos sean reembolsadas a las tarifas superiores del nivel I.

La elegibilidad de un niño para aplicar las tarifas de nivel I en un hogar de cuidados diurnos de nivel II se puede documentar a través de la presentación de una declaración de elegibilidad por ingresos en la que se detalle la conformación y el ingreso familiar o la participación en alguno de los programas federales o estatales de comprobación de recursos con una elegibilidad igual o inferior al 185 por ciento del nivel de pobreza.

Reclamo de Reembolsos por Comidas Servidas

Las instituciones deben presentar reclamaciones mensuales precisas de reembolsos a sus agencias administrativas. No se admiten reembolsos por comidas o meriendas que: sean servidas a niños o adultos que no estén inscritos para recibir cuidados, excedan la capacidad permitida o autorizada, no estén aprobadas en el contrato, excedan la cantidad máxima de servicios de comidas aprobados o no cumplan con los requisitos de patrones de comidas.

Las comidas servidas en centros con fines de lucro durante un mes calendario con menos del 25 por ciento de la capacidad autorizada o de inscripción del centro (el valor menor) que reciben beneficios bajo el título XIX o XX no están sujetas a reembolso.

Las solicitudes de reembolso por comidas servidas a adultos bajo el apartado C del título III de la Ley para Estadounidenses de Edad Avanzada no pueden solicitarse bajo el programa CACFP.

Los refugios no pueden solicitar reembolsos por comidas servidas a niños que no sean residentes de refugios para desamparados.


Regresar Arriba