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¿Por qué es importante
el CACFP?
El Programa de Alimentos para
el Cuidado de Adultos y Niños, (CACFP, por sus siglas en inglés)
proporciona comidas nutritivas a 2,6 millones de niños y 74 000 adultos
que reciben cuidado diurno fuera de sus hogares.
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Descripción
general
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Administración del Programa
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Centros de Cuidado Infantil
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Hogares de Cuidado Diurno
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Refugios para Desamparados
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Centros de Cuidado Diurno para Adultos
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Reembolso de Comida
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Productos Básicos o Efectivo en Lugar de
Productos Básicos
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Fijación
de Precios de las Comidas del Programa
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Financiamiento
de los Beneficios y de los Costos Administrativos de los Estados
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Financiamiento de los Beneficios del Programa
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Financiamiento de los Costos
Administrativos de los Estados
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Elegibilidad
de los Participantes y Beneficios del Programa
Población Elegible
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Determinación de Elegibilidad
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Reclamo
de Reembolsos por Comidas Servidas

Por Qué es Importante el CACFP
Descripción
General
El programa CACFP está autorizado en la sección 17 de la Ley Nacional
de Almuerzos Escolares (42 U.S.C.1766). Los reglamentos del programa son
emitidos por el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA,
por sus siglas en inglés) bajo 7 CFR, apartado 226.
Administración del Programa
El Servicio de Alimentos y Nutrición (FNS, por sus siglas en inglés)
del USDA administra el programa CACFP a través de subsidios a los
estados. La agencia estatal dedicada a la educación administra el
programa en la mayoría de los estados. En algunos pocos estados, la
administración está a cargo de un organismo alterno, como por ejemplo
el departamento de servicios sociales o de salud. En Virginia, está
administrado directamente por la Oficina Regional del FNS para el área
del Mid-Atlántico. Los componentes de cuidado diurno para adultos y
cuidado infantil dentro del CACFP pueden estar administrados por
distintas agencias del estado, a discreción del Gobernador.
Centros independientes y organizaciones patrocinantes establecen
acuerdos con las agencias administradoras estatales para asumir la
responsabilidad financiera y administrativa de las operaciones del
programa CACFP. El programa CACFP sirve meriendas y comidas nutritivas a
los adultos y a los niños elegibles que se inscriben para recibir
cuidados en los centros infantiles participantes, en los hogares para
cuidado diurno y en los centros de cuidado diurno para adultos. El
programa también provee comidas a los niños que residen en refugios
para desamparados y meriendas a los jóvenes que participan en los
programas de cuidado después de la escuela.
Centros de Cuidado Infantil
Los centros de cuidado infantil públicos o privados sin fines de lucro,
los centros de cuidado después del horario escolar, los programas Head
Start y otras instituciones elegibles licenciadas o aprobadas para
brindar cuidado diurno, pueden participar en el programa CACFP, de
manera independiente o como centros patrocinados. En general, los
centros con fines de lucro deben recibir financiamiento del título XX
para, al menos, el 25 por ciento de sus participantes, para considerarse
elegibles para participar en el programa CACFP. Sin embargo, los centros
que buscan obtener ganancias en los estados de Kentucky, Iowa y Delaware
pueden participar en el programa CACFP si al menos el 25 por ciento de
los niños que atienden son elegibles para recibir comidas gratuitas y a
precios reducidos. En todos los otros estados, los centros que buscan
obtener ganancias y no reciben financiamiento del título XX para
atender a niños de bajos recursos, pueden participar en el programa
CACFP hasta el 30 de septiembre de 2002. Las comidas servidas a los
niños se reembolsan según tarifas basadas en la elegibilidad del niño
para recibir comidas gratis, a precios reducidos o pagadas.
Hogares de Cuidado Diurno
Un hogar grupal o familiar de cuidado diurno debe firmar un contrato con
la organización patrocinadora para poder participar en el programa
CACFP. Los hogares de cuidado diurno deben estar autorizados o aprobados
para brindar servicios de cuidado diurno. El reembolso de las comidas
servidas en los hogares de cuidado diurno se basa en la elegibilidad
para las tarifas del nivel I (que dedica niveles superiores de
reembolsos a áreas de bajos recursos, proveedores o niños) o a las
tarifas más bajas del nivel II.
Refugios para Desamparados
A partir del 1° de julio de 1999, los refugios de emergencia públicos
o privados sin fines de lucro que brindan servicios de alimentación y
alojamiento a familias sin hogar pueden participar en el programa CACFP.
Los refugios elegibles pueden recibir reembolsos por servir hasta tres
comidas diarias a los niños desamparados que residen en ellos. A
diferencia de la mayoría de las otras instalaciones del programa CACFP,
un refugio no necesita estar autorizado para brindar cuidado diurno. Sin
embargo, debe cumplir con todos los códigos de salud y seguridad
requeridos por las leyes locales o estatales.
Centros de Cuidado Diurno para
Adultos
Las instalaciones de cuidado diurno para adultos, públicas o privadas
sin fines de lucro, que brindan servicios estructurados y completos para
adultos que no residen en ellas y que tienen incapacidades funcionales o
una edad que supere los 60 años, pueden participar en el programa CACFP,
ya sea como centros independientes o patrocinados. Los centros que
buscan obtener ganancias pueden ser elegibles para participar en el
programa CACFP si, al menos el 25 por ciento de sus participantes recibe
los beneficios del título XIX o del título XX. Las comidas que se
sirven a los adultos que reciben cuidados se reembolsan según las
tarifas basadas en la elegibilidad del participante para recibir comidas
gratis, a precios reducidos o pagadas.
Reembolso de Comida
Los centros independientes y las organizaciones patrocinadoras reciben
reembolsos en efectivo por las comidas servidas que cumplen las pautas
nutricionales federales a los adultos y niños inscritos. Los patrones
de comidas del programa CACFP varían de acuerdo con la edad y los tipos
de comidas servidas.
Los centros y los hogares de cuidado diurno pueden estar autorizados
para solicitar hasta dos comidas reembolsables (desayuno, almuerzo o
cena) y una merienda, o dos meriendas y una comida, para cada
participante elegible por día. Los refugios pueden servir a cada niño
hasta tres comidas reembolsables (desayuno, almuerzo y cena) por día.
Los programas de cuidado después de la escuela pueden solicitar
reembolsos por servir a cada niño una merienda por día.
Los reembolsos para los centros se calculan según los porcentajes
solicitados, combinados según las tarifas de las comidas, o las comidas
reales por tipo (desayuno, almuerzo, cena o complemento) y categoría de
elegibilidad (gratis, a precio reducido y pagada). La agencia
administradora asigna un método de reembolso para los centros, en
función de las comidas multiplicadas por las tarifas o el valor menor
entre las comidas multiplicadas por las tarifas o los costos reales
documentados.
Los pagos del programa para los hogares de cuidado diurno se basan en la
cantidad de comidas servidas a los niños inscritos, multiplicada por la
tarifa de reembolso adecuada para cada desayuno, almuerzo, cena o
complemento aprobado para servir. Las organizaciones patrocinadoras
también reciben financiamiento administrativo relacionado con los
costos documentados en los que incurren para planificar, organizar y
administrar el programa CACFP.
Productos Básicos o Efectivo en
Lugar de Productos Básicos
Además de los reembolsos en efectivo, el USDA pone a disposición de
las instituciones que participan en el programa CACFP productos
agrícolas básicos donados o el efectivo equivalente a los mismos.
Fijación de
Precios de las Comidas del Programa
Los centros participantes del programa CACFP pueden cobrar un cargo
único (programa sin fijación de precios) que cubra los derechos de
matrícula, las comidas y todos los otros servicios de cuidado diurno, o
bien pueden cobrar cargos separados por las comidas (programa con
fijación de precios). La declaración de política de servicios
gratuitos y a precios reducidos describe la política de fijación de
precios de la institución. Todos los hogares de cuidado diurno y la
gran mayoría de los centros que participan en el programa CACFP ofrecen
programas sin fijación de precios, ya que los costos que cobran abarcan
todas las áreas de sus servicios de cuidado diurno.

Financiamiento
de los Beneficios y de los Costos Administrativos de los Estados
Financiamiento de los Beneficios
del Programa
El FNS brinda asistencia en efectivo a cada agencia estatal por las
comidas servidas a los niños y adultos elegibles en los centros de
cuidado diurno sobre la base de la elegibilidad de los participantes
según las Pautas de Elegibilidad por Ingreso, para comidas gratis, a
precios reducidos o pagadas. Los pagos promedio nacionales por las
comidas servidas en los centros se ajustan en forma anual el 1 de julio
y reflejan los cambios experimentados en la serie Alimentación Fuera
del Hogar del índice de Precios al Consumidor. Las comidas servidas
en los refugios para desamparados y las meriendas que forman parte de
los cuidados después de la escuela se reembolsan según las tarifas
correspondientes para las comidas gratis y los complementos.
Los pagos por las comidas servidas en los hogares de cuidado diurno se
ajustan anualmente el 1 de julio, según los cambios producidos en la
serie Alimentación Fuera del Hogar del Índice de Precios al
Consumidor. El nivel de reembolso por las comidas servidas a los niños
inscritos en los hogares de cuidado diurno se determina según las
necesidades económicas, en función de la ubicación física del hogar
de cuidado diurno, o del ingreso familiar del proveedor del servicio en
el hogar de cuidado diurno, o del ingreso familiar de cada niño
inscrito. Las comidas servidas a los propios hijos del proveedor del
servicio en el hogar de cuidado diurno se reembolsan únicamente si se
determina que dichos niños son elegibles para recibir comidas gratis o
a precios reducidos.
El nivel de asistencia mediante productos básicos o dinero equivalente
a los productos básicos se basa en la cantidad de almuerzos y cenas
servidos en los centros durante el año anterior, multiplicado por el
pago promedio nacional para los alimentos donados. Las tarifas de la
asistencia mediante productos básicos también se ajustan anualmente el
1 de julio para reflejar los cambios en la serie Alimentos Utilizados
en Escuelas e Instituciones del Índice de Precios al Consumidor.
Financiamiento de los Costos
Administrativos Estatales
El FNS pone a disposición de
las agencias estatales el financiamiento de los Gastos Administrativos
Estatales (SAE, por sus siglas en inglés) para afrontar los gastos
administrativos incurridos en la supervisión y asistencia técnica a
las instituciones que participan en el programa CACFP. Los requisitos de
SAE se establecen en 7 CFR, apartado 235.
Los estados también cuentan con financiamiento para ayudar a sus
agencias e instituciones a cumplir con los requisitos federales
vinculados con auditorías. "El uno y medio por ciento de los
fondos de auditoría" equivale al 1,5 por ciento de los pagos por
reembolsos realizados al estado, durante el segundo año fiscal anterior
al año al cual corresponden los fondos disponibles.

Elegibilidad
de los Participantes y Beneficios del Programa
El programa CACFP sirve meriendas y comidas nutritivas a los niños y
adultos que asisten a los programas de cuidado diurno elegibles.
Población Elegible
La Sección 226.2 de los reglamentos describe quiénes pueden recibir
los beneficios de comidas del programa CACFP.
Se entiende por Niño "(a) personas de 12 años de edad o
menos, (b) los hijos de trabajadores itinerantes de 15 años de edad o
menos y (c) personas con incapacidades físicas o mentales, según se
define en el estado, inscritos en una institución o instalación de
cuidados infantiles que atienda en su mayoría a personas de 18 años de
edad y menos". Los hijos del proveedor de servicios se consideran
elegibles sólo en los hogares de cuidados diurnos de nivel I, cuando
otros niños no residentes se encuentren inscritos en el hogar de
cuidados diurnos y participen en el servicio de comidas.
Se entiende por Participante adulto "aquella persona
inscrita en un centro de cuidado diurno para adultos que tiene alguna
incapacidad funcional (...) o es mayor de 60 años". El segmento
para adultos del CACFP está orientado a personas que permanecen en la
comunidad y residen con integrantes de la familia. Las personas que
residen en instituciones no son elegibles para recibir los beneficios de
CACFP.
Además, la Ley Pública 105-336 establece que las meriendas del
programa CACFP deben estar disponibles para los niños y jóvenes de
hasta 18 años que participen en los programas de cuidados después de
la escuela elegibles.
Determinación de Elegibilidad
En los centros, los participantes de unidades familiares con ingresos
iguales o menores a un 130 por ciento del nivel considerado como pobreza
son elegibles para recibir comidas gratis. Los participantes de centros
cuyas unidades familiares tienen ingresos entre el 130 y el 185 por
ciento del nivel de pobreza son elegibles para recibir comidas a un
precio reducido. Las instituciones deben determinar la elegibilidad de
cada participante inscrito para recibir las comidas gratis y a precios
reducidos que se sirven en los centros.
Las organizaciones patrocinadoras de los Hogares de Cuidados Diurnos
deben determinar cuáles son los Hogares de Cuidados Diurnos elegibles
para las tarifas de nivel I y, si se solicita, cuáles son los niños
elegibles para recibir reembolsos de comidas a las tarifas de nivel I en
los hogares de cuidados diurnos correspondientes al nivel II.
La elegibilidad de un participante para recibir comidas gratis y a
precios reducidos en los centros, o comidas de nivel I en hogares de
cuidados diurnos, se puede establecer presentando la declaración de
elegibilidad por ingresos que brinda información acerca del tamaño y
los ingresos familiares. La información presentada por cada unidad
familiar se compara con aquella incluida en las Pautas de Elegibilidad
por Ingreso del USDA.
Los niños cuyas familias reciben los beneficios del Programa de Cupones
para Alimentos, del Programa de Distribución de Alimentos en
Reservaciones Indígenas (FDPIR) o de programas estatales financiados a
través de la Asistencia Transitoria para Familias Necesitadas (TANF) se
consideran elegibles por categoría para recibir comidas gratis. Los
niños elegibles por ingresos para participar de los programas Head
Start o Even Start automáticamente son elegibles para recibir comidas
gratis, sin necesidad de solicitudes ni determinaciones de elegibilidad
adicionales.
Los niños residentes de refugios para desamparados también se
consideran automáticamente elegibles para recibir comidas gratis.
Los adultos que reciben cupones de alimentos, FDPIR, Ingresos
Suplementarios de la Seguridad Social (SSI) o los beneficios de Medicaid
son elegibles categóricamente para recibir comidas gratis y a precios
reducidos.
Los hogares de cuidados diurnos de nivel I son aquellos ubicados en
áreas de bajos recursos o aquellos en los cuales el ingreso de la
unidad familiar del proveedor es igual a, o menor que, el 185 por ciento
según las pautas federales de pobreza en función de los ingresos. Las
organizaciones patrocinadoras pueden utilizar los datos de inscripción
en la escuela primaria que reciben comidas gratis y a precios reducidos,
o los datos del grupo de bloque del censo, para determinar cuáles son
las áreas consideradas de bajos recursos.
Los hogares de nivel II son aquellos hogares de cuidados diurnos
familiares que no reúnen los criterios de ubicación o de ingresos del
proveedor para considerarse un hogar de nivel I. El proveedor en un
hogar de nivel II puede optar por la posibilidad de que la organización
patrocinadora identifique a los niños elegibles según los ingresos, de
tal manera que las comidas servidas a aquellos niños que son aptos para
recibir comidas gratis y a precios reducidos sean reembolsadas a las
tarifas superiores del nivel I.
La elegibilidad de un niño para aplicar las tarifas de nivel I en un
hogar de cuidados diurnos de nivel II se puede documentar a través de
la presentación de una declaración de elegibilidad por ingresos en la
que se detalle la conformación y el ingreso familiar o la
participación en alguno de los programas federales o estatales de
comprobación de recursos con una elegibilidad igual o inferior al 185
por ciento del nivel de pobreza.
Reclamo de
Reembolsos por Comidas Servidas
Las instituciones deben presentar reclamaciones mensuales precisas de
reembolsos a sus agencias administrativas. No se admiten reembolsos por
comidas o meriendas que: sean servidas a niños o adultos que no estén
inscritos para recibir cuidados, excedan la capacidad permitida o
autorizada, no estén aprobadas en el contrato, excedan la cantidad
máxima de servicios de comidas aprobados o no cumplan con los
requisitos de patrones de comidas.
Las comidas servidas en centros con fines de lucro durante un mes
calendario con menos del 25 por ciento de la capacidad autorizada o de
inscripción del centro (el valor menor) que reciben beneficios bajo el
título XIX o XX no están sujetas a reembolso.
Las solicitudes de reembolso por comidas servidas a adultos bajo el
apartado C del título III de la Ley para Estadounidenses de Edad
Avanzada no pueden solicitarse bajo el programa CACFP.
Los refugios no pueden solicitar reembolsos por comidas servidas a
niños que no sean residentes de refugios para desamparados.
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