Ley Agrícola de 2002
RESUMEN SECCIÓN POR SECCIÓN
DE LAS DISPOSICIONES QUE AFECTAN A LOS PROGRAMAS DE NUTRICIÓN INFANTIL
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A continuación se presenta un resumen de las disposiciones que rigen los Programas Suplementarios de Alimentación bajo la Ley de Seguridad Agropecuaria e Inversión Rural de 2002 (HR 2646). Su propósito es informar al público y no pretende ser una directriz oficial ni una interpretación de la política. |
Sección 1507 – Estudio de la Política Nacional de Lácteos – Esta disposición requiere que el Secretario lleve a cabo una evaluación económica integral de los efectos de la política nacional de lácteos en cuanto a (a)
estabilidad, rentabilidad y viabilidad del precio en la granja; (b) programas de nutrición para niños, ancianos y personas de bajos
recursos; y (c) el costo mayorista y minorista de la leche líquida, las granjas lecheras y la utilización de la
leche. La política nacional de lácteos incluye los pedidos federales de comercialización de
leche, los pactos lácteos interestatales, los programas estatales de determinación de precios y las primas por
pedidos, etc. Se debe presentar un informe al Congreso 1 año después de la fecha de promulgación.
Sección 1508 – Estudios de los Efectos de los Cambios de Enfoque a la Política Nacional de Lácteos y las Normas de Identificación de la Leche Líquida –
Esta disposición requiere que el Secretario estudie (a) los efectos de cancelar todos los programas federales relacionados con el apoyo a los precios y la gestión de suministros de la leche y establecer pactos
regionales, y (b) los efectos de establecer normas sobre el contenido mínimo de proteínas a incluir en la norma de identificación de la leche líquida. Se debe presentar un informe al Congreso 1 año después de la fecha de promulgación.
Sección 3107 – Programa Internacional de Alimentos para la Educación y Nutrición Infantil de McGovern-Dole –
Esta disposición autoriza al Presidente a proporcionar productos agrícolas estadounidenses y asistencia técnica y financiera a (a) programas escolares y preescolares de comida para la educación en el
extranjero, destinados a mejorar la seguridad de los alimentos, reducir el hambre y mejorar la alfabetización y (b) programas de nutrición para
madres, bebés y niños, destinados a mujeres embarazadas, mujeres que están dando el
pecho, bebés y niños. La disposición autoriza $100 millones de los fondos de la Corporación de Crédito para Productos Básicos
(CCC, por sus siglas en inglés) para el año fiscal 2003 y autoriza el desembolso de tales
sumas, según sea necesario, para cada uno de los años fiscales 2004 a 2007. La disposición autoriza al Servicio de Alimentos y Nutrición a proporcionar asesoramiento técnico para el establecimiento de programas y la implementación de los programas localmente en los países
destinatarios.
Sección 4302 – Elegibilidad para Comidas Gratuitas y de Precios Reducidos
(vigente desde el momento de la promulgación) –
Esta disposición requiere que, en los casos en que el personal militar resida en viviendas “privatizadas”
(según se define en el subcapítulo IV del Capítulo 169 del Título 10,
U.S.C.), el subsidio para vivienda no se cuente como ingreso al determinar la elegibilidad para recibir almuerzos gratuitos y de precios reducidos durante los años fiscales 2002 y 2003.
Sección 4303 – Compras de Alimentos de Producción Local (vigente desde el 1 de octubre de 2002) –
Esta disposición requiere que el Secretario inste a las instituciones que participan en los programas de desayuno y almuerzo provisto por las escuelas a comprar alimentos de producción local, en la máxima medida
posible; que informe a las instituciones la política de alimentos de producción local; y que proporcione subsidios iniciales a un máximo de 200 instituciones para afrontar los costos iniciales de
equipos, materiales, instalaciones de almacenamiento y otros costos
similares. Autoriza $400 000 anuales para los años fiscales 2003 al 2007.
Sección 4304 – Aplicabilidad del Requisito de Comprar Productos Estadounidenses para Puerto Rico
(vigente desde el 1 de octubre de 2002) –
Esta disposición extiende a Puerto Rico la disposición de Comprar Productos
Estadounidenses. Según esta disposición, los productos de Puerto Rico tendrán una ventaja con respecto a los productos
extranjeros, pero no tendrán ventaja sobre los productos producidos o cultivados en alguno de los 48 estados contiguos o
Hawai.
Sección 4305 – Programa Experimental de Frutas y Verduras (vigente desde el momento de la promulgación) –
Esta disposición requiere que el Secretario ponga a disposición de los estudiantes de 25 escuelas en cada uno de 4 estados y de los estudiantes de las escuelas de una reservación indígena frutas frescas y secas y verduras frescas durante el año lectivo 2002-2003. Se debe presentar un informe al Congreso el 1 de mayo de 2003. Para llevar a cabo el programa experimental, se autorizan los fondos de la sección 32 (sin superar los $6
millones). Los Administradores recomendaron la selección de cuatro
estados: Indiana, Iowa, Michigan y Ohio.
Sección 4404 – Programa de Asociación contra el Hambre (vigente desde el 1 de octubre de 2002) –
Esta disposición establece el Programa Parlamentario de Asociación contra el Hambre (Congressional Hunger Fellows Program) como una entidad independiente de la rama
legislativa. Esta disposición establece la estructura organizacional, el propósito y las responsabilidades del
Programa.
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